Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Nos gustaría mostrarte las noticias de ÚLTIMO MOMENTO en tu navegador

Acepto
Sociedad Política

Juez ordena a una prepaga a cubrir un tratamiento oncológico

El juez federal de Victoria, Federico Martín, habilitó este sábado día y horas inhábiles para tratar una cautelar y le ordenó a OSDE brindar de inmediato la cobertura integral del tratamiento de una afiliada con un complejo cuadro de salud.

29 Jun, 2026, 10:23 AM
Federico Martín, juez federal de Victoria.
Federico Martín, juez federal de Victoria.

Se trata de una medida cautelar solicitando que la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) “otorgue, en forma inmediata, la cobertura integral del esquema terapéutico” de una afiliada que atraviesa un complejo cuadro de salud.

 

OSDE reconoció la enfermedad y el tratamiento oncológico, pero rechazó cubrir un medicamento porque no está en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y porque existirían otras alternativas terapéuticas

 

En su resolución, el juez dispuso también “declarar -prima facie- la procedencia del fuero federal y la competencia del Juzgado Federal de Victoria para intervenir en autos”; hizo lugar “a la medida cautelar innovativa solicitada, ordenando a OSDE que otorgue, en forma inmediata, la cobertura integral del esquema terapéutico consistente en Fruquintinib 5 mg (nombre comercial Fruzaqla®), conforme indicación médica, hasta tanto se dicte sentencia de fondo”.

 

Además, Martín le fijó a la obra social “como contracautela la caución juratoria de la amparista, la que podrá prestarse con una presentación electrónica en el Sistema Informático Lex 100”; y declaró “la admisibilidad de la acción de amparo entablada por MFM contra OSDE, con domicilio denunciado”.

 

El juez resolvió que “en consecuencia, requiérasele informe circunstanciado a tenor del artículo 43 de la Constitución Nacional y del artículo 8 de la Ley N° 16.986, acerca del planteo formulado”. Agregó que “dicho informe será requerido mediante oficio ley, a librarse por Secretaría, otorgándosele un plazo de cinco días”.

 

Finalmente dispuso que “queda a cargo de la interesada su diligenciamiento, debiendo presentar en Mesa de Entradas de Secretaría, previo a su retiro, copia de la presente resolución, de la demanda y la documental respectiva, a fin de ser adjuntadas al despacho a librarse”.

 

El caso

El juez intervino ante la acción de amparo -con medida cautelar innovativa- que, con patrocinio letrado, promovió MFM contra OSDE, ”a los efectos de obtener cobertura integral en forma urgente en un cien por ciento del tratamiento oncológico prescripto por su médico tratante, Marcelo Daniel Tatangelo…”.

 

La amparista consignó que tiene 59 años, es profesora jubilada y afiliada a OSDE. Refirió que desde 1997 padece una grave “enfermedad que ha comprometido distintos órganos y cuya evolución ha exigido múltiples intervenciones y tratamientos a lo largo del tiempo, imponiéndole importantes limitaciones físicas, emocionales y personales, y que durante años ha cumplido estrictamente todas las indicaciones médicas, afrontando cada tratamiento con la esperanza de controlar la enfermedad y preservar su calidad de vida”.

 

En la resolución se indicó que la amparista cuestionó que “en su respuesta, OSDE reconoce la existencia de la enfermedad y la necesidad de tratamiento oncológico, pero rechaza la cobertura alegando que el medicamento no se encuentra incorporado al Programa Médico Obligatorio (PMO) y que existirían otras alternativas terapéuticas, decisión que califica de arbitraria, pues pretende sustituir el criterio del médico tratante -quien prescribió expresamente Fruquintinib 5 mg (Fruzaqla) atendiendo a las particulares circunstancias clínicas de la paciente, a la evolución de la enfermedad a los tratamientos previamente realizados- por una decisión administrativa fundada en protocolos internos de cobertura”.

 

El juez entendió que “en tales condiciones, ante la claridad del plexo normativo protectorio de la salud, atento la jerarquía de los intereses en juego, las constancias médicas adjuntas y la postura adoptada por OSDE, soy de opinión que en el presente caso se encuentra satisfecho el requisito de verosimilitud del derecho”.

Fuente: APF

CONVERSACIÓN

Tu comentario ha sido enviado, el mismo se encuentra pendiente de aprobación... [X]
Avatar
600
Avatar
ver más
El comentario se encuentra deshabilitado

Denunciar comentario

Spam o contenido comercial no deseado Incitación al odio o a la violencia, o violencia gráfica Acoso o bullying Información errónea
Cancelar Denunciar
Reportar Responder
Tu comentario ha sido enviado, el mismo se encuentra pendiente de aprobación... [X]
Avatar
600
respuestas
Ver más respuestas
Ver más comentarios
IMPORTANTE: Los comentarios publicados son exclusiva responsabilidad de sus autores Sociedad Política se reserva el derecho de eliminar aquellos comentarios injuriantes o discriminadores.
Hermes Hermes

¡Hola, soy Hermes!

¿En qué puedo ayudarte?

Hermes

¡Hola! Soy Hermes, el bot de SP. Contame tu dato político, chisme o comentario de radiopasillo… Si podemos chequearlo, será una primicia exclusiva.

¿Estás seguro de cerrar el chat?

La conversación se termina al cerrar la ventana.

Cancelar Cerrar

Tuve que salir…

No me contestaste y tenía que hacer un trámite, pero no hay problema; chiflame y estoy.

Cerrar

Teclas de acceso