El proceso judicial por la nutrición en los comedores escolares tomó un nuevo impulso con la resolución del presidente del Tribunal de Juicio y Apelaciones Nº 9 de Paraná, Juan Francisco Malvasio, conocida este sábado
La nueva disposición ordena la apertura de una convocatoria pública dirigida a todas las personas que se consideren afectadas o tengan un interés directo en la causa, permitiéndoles comparecer en el expediente para defender sus derechos o autoexcluirse en un plazo de siete días.
Esta etapa se produce tras una resolución anterior de gran impacto, en la cual el magistrado hizo lugar a una medida cautelar que frenó el sistema de alimentación implementado por la provincia a través de la empresa Teknofood S.A.
Dicha cautelar obligó al Gobierno de Entre Ríos a abstenerse de distribuir productos con sellos de advertencia o leyendas precautorias (según la Ley de Alimentación Saludable) y a retomar, de forma inmediata, la modalidad de provisión anterior a la centralización del sistema.
Cabe recordar que el gobierno, a través de la Fiscalía de Estado, apeló la medida del juez Malvasio y la discusión ahora se dará ante el Superior Tribunal de Justicia (ST).
Actualmente, mientras se aguarda la definición de la cuestión de fondo —que busca tutelar el derecho de niños, niñas y adolescentes a recibir alimentos que no perjudiquen su salud—, el proceso judicial continúa analizando la legalidad del nuevo sistema de desayunos y meriendas uniformes frente a las normativas nacionales de protección integral y salud alimentaria.
Qué dice la convocatoria
La reciente resolución del juez establece que la convocatoria se realizará durante dos días a través del Servicio de Información y Comunicación (SIC) del Poder Judicial.
Las personas que se consideren alcanzadas podrán comparecer en el expediente para hacer valer sus derechos o manifestar su voluntad de autoexclusión. El plazo establecido es de siete días, contados desde la última publicación.
El objeto del proceso es la tutela del derecho de niños, niñas y adolescentes que concurren a establecimientos educativos públicos provinciales y reciben el programa alimentario escolar.
En particular, se plantea la protección de su derecho a no recibir alimentos que puedan causar un perjuicio a su salud, en relación con los productos industrializados señalados y las previsiones de las Leyes Nº 25.724 y Nº 27.642.
La resolución también identifica como causa fáctica común la implementación provincial de un nuevo sistema uniforme de desayunos y meriendas, mediante productos predeterminados destinados a los niños, niñas y adolescentes incluidos en el programa.